Medios de identificación oficial en ovino y caprino

Medios de identificación oficial en ovino y caprino

En este post describimos el sistema de trazabilidad del ganado ovino y caprino conforme al Real Decreto 787/2023 y cómo debe actuar el ganadero en diferentes supuestos de identificación animal.

Todos los dispositivos de identificación oficiales deben ser no reutilizables, de material inalterable, a prueba de falsificaciones, fácilmente legibles durante toda la vida de los animales, concebidos de forma que permanezcan firmemente sujetos a los animales sin dañarles y fácilmente extraíbles de la cadena alimentaria.

Las autoridades competentes de las comunidades autónomas establecerán un procedimiento para la gestión de la trazabilidad y realizarán el control para comprobar el cumplimiento de las condiciones y requisitos que establece este real decreto.

Los ovinos y caprinos se identifican con el código de identificación individual mediante:

  • un crotal convencional, de tipo bandera o botón, en la oreja derecha; y
  • un identificador electrónico, que puede ser:
  1. Un crotal electrónico tipo bandera o tipo botón en la oreja izquierda o
  2. Un bolo ruminal 
  3. Una pulsera electrónica en la cuartilla de la extremidad posterior izquierda;
  4. Un inyectable en el metatarso derecho.

La identificación oficial en Ovino y Caprino antes de cumplir los doce meses de edad:

1) Los ovinos y caprinos que esté previsto trasladar, antes de cumplir los doce meses, a un matadero en territorio nacional, podrán identificarse mediante:

  • Un crotal convencional de tipo rectangular en la oreja derecha, con el código de identificación de la explotación de nacimiento, si están destinados a trasladarse directamente al matadero o previo paso por un único cebadero.
  • Un crotal electrónico de tipo rectangular en la oreja izquierda con el código de identificación individual del animal y que muestre, en su porción visual, tanto el código de la explotación de nacimiento como el código de identificación individual, si están destinados a pasar previamente por un único centro de concentración.

2) Los ovinos y caprinos que esté previsto trasladar a un matadero en otro Estado miembro, antes de cumplir los doce meses, podrán identificarse mediante:

  • Un crotal convencional de tipo rectangular en la oreja derecha, con el código de identificación de la explotación de nacimiento, si están destinados a trasladarse directamente al matadero.
  • Un crotal convencional de tipo rectangular, en la oreja derecha, y un crotal electrónico de tipo rectangular en la oreja izquierda, que muestren el código de identificación individual del animal, si están destinados a pasar previamente por un cebadero o por un centro de concentración.

Además, se contemplan las siguientes excepciones:

  • En los ovinos y caprinos con orejas demasiado pequeñas se podrá substituir el crotal convencional por la pulsera convencional.
  • Por motivos culturales, históricos, recreativos, científicos o deportivos y para aquellos ovinos y caprinos que residan en establecimientos de confinamiento, y a petición del titular a la autoridad competente, el medio de identificación autorizado podrá ser sólo el bolo ruminal o el transpondedor inyectable en el metatarso derecho, siendo la cualificación exigida para la aplicación de este último la de licenciado o graduado en veterinaria. 

Y si quieres leer más, a continuación, te detallamos las características generales de los crotales y de los identificadores electrónicos:

Características generales de los crotales:

  • Los crotales cumplirán con los requisitos técnicos generales y específicos recogidos en la norma UNE 68401 sobre crotales plásticos.
  • Serán crotales de cabeza cerrada y permitirán una máxima rotación y aireación.
  • La punta del vástago de la pieza macho será de aleación metálica resistente a la oxidación.
  • La medida del espesor de la pieza hembra se considerará, en todo caso, sin incluir la cabeza. En el caso de la pieza macho, no se tendrá en cuenta el vástago para dicha medida.
  • El crotal llevará impreso en ambas piezas, de forma indeleble, el mismo código de identificación visual del animal.

Características de los identificadores electrónicos:

  • La porción electrónica de los identificadores electrónicos empleados deberá ajustarse al cumplimiento de las normas ISO 11784, ISO 11785, ISO 24631-1 y posteriores modificaciones.
  • Los dispositivos serán pasivos, sólo de lectura, y utilizarán la tecnología HDX o FDX-B.
  • Deberán ser legibles por medio de equipos de lectura que cumplan las normas ISO 11785 e ISO 24631-2 y las posteriores modificaciones de cada una de ellas. Dichos equipos de lectura deberán ser capaces de leer como mínimo transpondedores HDX y FDX-B.
  • La porción no electrónica, en el caso de los crotales, cumplirá con los requisitos técnicos generales y específicos recogidos en la norma UNE 68401 sobre crotales plásticos. Para el resto de los dispositivos plásticos deberán cumplirse únicamente los requisitos referentes a los materiales que dicha norma establece para el principal componente plástico.
  • Los identificadores electrónicos deberán haber sido ensayados con resultados favorables con respecto al rendimiento mínimo en las distancias de lectura establecidas, según método de la norma ISO 24631-3.

Si tienes dudas, en HUMECO te las resolveremos. ¡Llámanos al 974 231165!


Publicado el 17 Mar 2025 en  Actualidad

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