No pueden ser todos los SIGE iguales, ya que no son iguales todas las explotaciones ganaderas, pero hay un contenido mínimo de elementos que deben aparecer y siempre debe estar a disposición de la autoridad.
La responsabilidad y elaboración del SIGE es del ganadero, con el que colaborará el veterinario responsable de la explotación en los apartados de sanidad, higiene, bioseguridad y bienestar animal.
Deberá actualizarse cada 5 años y, en cualquier caso, siempre que se produzcan cambios significativos en la explotación, ya sea en instalaciones, censos u orientación productiva o prácticas de manejo.
Elementos incluidos en el SIGE
El SIGE incluirá como mínimo los elementos que se detallan a continuación:
- Descripción de la explotación
- Identificación del veterinario de explotación
- Personal de la explotación
- Plan de LDDD
- Plan de mantenimiento
- Plan de formación
- Plan de recogida y almacenamiento de SANDACH
- Plan de gestión de residuos
- Plan de gestión ambiental
- Plan de bioseguridad
- Plan sanitario de enfermedades de declaración obligatoria EDOs
- Plan de uso racional de medicamentos, en el que se incluyan indicadores de seguimiento
- Plan de bienestar animal
Normativa y documentación
Normativa y documentación de la ordenación sectorial porcina y avícola:
- Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo.
- Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.











